UPTA calcula que un autónomo con un establecimiento abierto al público perderá un 8% de sus ventas anuales
La situación generada por la evolución del COVID-19 en nuestro país ha llevado al gobierno central a tomar una serie de medidas urgentes, algunas dirigidas especialmente a los trabajadores y trabajadoras autónomos, además de las medidas sanitarias y de apoyo a las familias de incidencia general.
No obstante, desde UPTA se ha presentado una serie de propuestas más amplias que esperamos sean debatidas y aprobadas en breve para intentar paliar los efectos negativos sobre la actividad de nuestro colectivo.
De las medidas aprobadas por este Real Decreto-Ley, vigentes desde el 13 de marzo de 2020, las que mayor incidencia tienen para los trabajadores y trabajadoras autónomos son las siguientes:
Aplazamiento de deudas tributarias
§ Declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones que deban presentarse e ingresarse entre el 13 de marzo hasta el 30 de mayo (IVA, modelos 111, 115,130/131, 202 entre otros)
§ Podrán aplazarse un máximo de 6 meses.
§ Solo se pagarán intereses a partir del tercer mes de aplazamiento
Aplazamiento de reembolso en préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa
Requisitos:
§ Plazo de vencimiento inferior a 6 meses desde el 13 de marzo de 2020.
§ Justificar que la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 ha provocado reducción en volumen de ventas o interrupciones en la cadena de valor que dificulte o impida hacer el pago de la misma.
§ Es necesario estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias.
§ Plazo: antes de que finalice el plazo de pago voluntario.
§ Necesita estimación expresa por parte de la administración en un plazo máximo de un mes.
Turismo
§ Se amplían las medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook a todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio social en España que realicen una actividad relacionada con el turismo