Conaif y Kimikal informan de las restricciones
El Reglamento Europeo 517/2014 tiene como objeto proteger el medio ambiente mediante la reducción de las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero (GFEI). Para ello se establecen condiciones a la comercialización de productos y aparatos que contengan GFEI, normas sobre contención, uso, recuperación y destrucción de este tipo de gases, etc.
Desde nuestra Confederación Nacional, CONAIF, nos envían un documento elaborado junto con KIMIKAL en el que se señalan las restricciones del Reglamento Europeo tanto para la comercialización de productos y aparatos que contengan GFEI con un potencial de calentamiento atmosférico (PCA) específico, como para el mantenimiento de equipos de refrigeración.
Cabe destacar la prohibición de la utilización de GFEI con un PCA ≥ 2500 para el servicio o mantenimiento de equipos de refrigeración que contengan una carga mayor de 40 toneladas de CO2 equivalentes, a partir del 1 de enero de 2020.