Obligatoriedad de tramitación telemática

Con esta iniciativa se da un paso más en la administración electrónica

El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, tiene como uno de sus principales objetivos lograr la plena aplicación e implementación de la administración electrónica, como uno de los instrumentos clave de la simplificación administrativa, que puede llegar a representar importantes ahorros de costes para ciudadanía y empresas y actuar como motor de desarrollo económico.

 Su entrada en vigor el pasado 1 de abril, y la habilitación por parte de la Administración de la Junta de Andalucía de las aplicaciones informáticas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el mismo, suponen la plena aplicación en el ámbito de esta Administración de los preceptos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativos a la administración electrónica, sin perjuicio de lo dispuesto en su disposición final séptima respecto a la entrada en vigor de determinados de esos preceptos.

 Por tanto, a partir del 1 de julio de 2020, fecha en la que finaliza el periodo de adaptación previsto en la disposición adicional octava del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, todos los trámites con la Secretaría General de Industria, Energía y Minas se realizarán por medios electrónicos para:


• Las personas jurídicas.

• Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional.

• Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Esta obligatoriedad afecta tanto a la presentación de solicitudes o cualquier otro documento ante la Administración por parte de los interesados, como a las notificaciones que tenga que efectuar la Administración en el curso del procedimiento administrativo en cuestión.

En relación con la notificación electrónica por parte de la Administración, desarrollada en el Capítulo VI del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, desde la Secretaría General de Industria, Energía y Minas se os recomienda proceder en cuanto os sea posible al alta en el sistema de notificaciones electrónicas de la Junta de Andalucía, indicando las direcciones de correo electrónico en la que desean recibir los  avisos de dichas notificaciones, todo ello para una más ágil, simple y segura relación con la Administración, lo que redundará en una mayor eficacia y eficiencia en la tramitación de los expedientes.

En los documentos que puedes descargarte pinchando en los enlaces aportamos una serie de instrucciones tanto para la presentación electrónica de documentos como para el proceso de alta en el sistema de notificaciones electrónicas, con objeto de facilitaros el uso de ambos sistemas.

Por supuesto que, como hasta ahora, Epyme os seguirá tramitando cuanta documentación necesitéis para mantener la documentación de vuestra empresa actualizada, y realizará un seguimiento de los expedientes para que se resuelven de una manera ágil. Lo que cambia la entrada en vigor de este Decreto es que en lugar de realizar la presentación en papel, deberá ser telemática y preferiblemente con vuestra firma digital.

Estamos convencidos de que la implementación generalizada de la relación por vías electrónicas con la Administración va a suponer un ahorro de tiempos y costes para los interesados, además de una agilización de sus trámites administrativos.  

Detalles

  • Autor: Epyme
  • Tipo: Tramitación
  • Publicado: 08 Julio 2020
  • Sector: Instalación
  • Interés: Alto

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