Reglamento VERI*FACTU.

Nuestra confederación nacional, Conaif, nos recuerda que el próximo día 1 de enero de 2026 será obligatorio la aplicación del Reglamento que establece los requisitos informáticos de facturación (comúnmente denominado Reglamento Veri*Factu) para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. 

Para el resto de los obligados tributarios (los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas; los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que obtengan rentas mediante establecimiento permanente; y las entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, sin perjuicio de la atribución de rendimientos que corresponda efectuar a sus miembros) este Reglamento será obligatorio a partir del día 1 de julio de 2026. 

Son numerosas las dudas y preguntas que se están planteando en relación con la aplicación y contenido de esta disposición reglamentaria. Por este motivo, y sin perjuicio que desde CONAIF y las Asociaciones seguiremos resolviendo todas las consultas que nos venís formulando sobre este particular, mediante esta enlace podéis acceder a una “Recopilación de las preguntas y respuestas en relación a los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU” elaborado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Se trata de un documento muy completo y exhaustivo que afronta las diferentes cuestiones que plantea este Reglamento, como, por ejemplo, lo que es VERI*FACTU; su ámbito territorial de aplicación; su aplicación a las facturas realizadas de forma manual; su aplicación a las realizadas utilizando hojas de cálculo (Excel) o procesadores de texto (word); su aplicación a las operaciones exentas de IVA, etc.

Detalles

  • Autor: Conaif
  • Tipo: Normativa
  • Publicado: 6 noviembre 2025
  • Sector: Todos
  • Interés: Alto

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