-Se confirma que se podrá saber el plazo real de pago a proveedores.

Mientras continúa el proceso del futuro Reglamento Europeo contra la Morosidad, la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) aplaude la publicación de un nuevo reglamento de reporting financiero emitido por la Unión Europea que permitirá por fin conocer el plazo real de pago a proveedores.

Esta normativa, que se aplica a todos los ejercicios iniciados desde el pasado 1 de enero en todos los países de la Unión Europea y en todas las empresas, obliga a especificar en las memorias de las compañías las condiciones generales de los contratos con entidades financieras relativos a acuerdos de financiación a proveedores (conocidos en España como confirming), detallando los importes de las líneas, sus plazos y garantías. Adicionalmente las compañías deberán concretar los importes y plazos de los documentos de confirming descontados por los proveedores. 

De este modo, “la UE tumba un subterfugio contable muy popular en España”, asegura Antoni Cañete, presidente de la PMcM. Desde ahora, pagar por confirming no es pagar. Gracias a esta normativa, van a ir saliendo a la luz los saldos pendientes a proveedores, ocultos bajo el confirming (muy popular entre malos pagadores y entidades financieras que gustan financiar circulante a plazos desmedidos, sin que se note). Ahora sí, sin trucos: un nuevo reglamento europeo permitirá conocer los plazos reales de pago a proveedores y cambiará las reglas del juego”, sentencia Cañete. 

El confirming es un medio de pago a proveedores por el cual una entidad financiera se encarga de gestionar y pagar las facturas de una compañía. El proveedor recibirá el cobro al vencimiento o bien podrá optar por anticiparlo sometido a un importante descuento. Esto es, un producto financiero que permite alargar los plazos de pago a proveedores o gestionar el cobro con considerables rebajas. 

A nivel contable, en muchas empresas se consideran pagadas aquellas facturas a las que se ha comunicado un confirming, aunque el proveedor solo pueda cobrarlas íntegramente al vencimiento del “pago confirmado”, que puede superar incluso los 240 días. Así, las operaciones de confirming determinan que las deudas con los proveedores puedan figurar como pagadas a efectos del cálculo del periodo medio de pago, contemplando la fecha de entrega del confirming como día de pago. De este modo, en el balance de las cuentas anuales de las compañías, algunas de estas operaciones de confirming no son consideradas deuda financiera, ya que se incluyen en la partida de deuda a proveedores. 

Más transparencia para conocer los plazos reales de pago a proveedores 

La nueva normativa ya ha sido publicada tanto por el BOE como por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Para Antoni Cañete, presidente de la entidad, “aporta transparencia en la información financiera; por fin podremos saber con exactitud los plazos reales de pago a proveedores, una petición histórica de la PMcM que en su día remitimos sin éxito tanto al ICAC como al Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE), advirtiéndoles sobre la discrepancia entre la información publicada por las empresas sobre sus plazos de pago a proveedores y la que se deduce del análisis de sus estados financieros”. 

Según Cañete, “nuestros informes sobre plazos de pago de determinadas compañías auditadas (basándonos en los estados financieros publicados por la CNMV), han mostrado siempre enormes divergencias entre la información proporcionada en las memorias anuales de las compañías con respecto a sus plazos de pago a proveedores -calculados según las resoluciones del ICAC- y la información que se desprende del análisis de sus estados financieros”. 

El objetivo del nuevo reglamento es aportar información que permita conocer la situación real de los pasivos, los flujos de caja y los riesgos de liquidez, esto es, proporcionar a los usuarios de los Estados Financieros información para evaluar la incidencia de los acuerdos de financiación de proveedores —en España generalmente denominados como “confirming”— sobre los pasivos (deudas), los flujos de efectivo (los movimientos de dinero) de las empresas y la exposición de cada entidad al riesgo de liquidez. En este sentido, “conviene recordar casos tan tristemente célebres como el de Abengoa en España o Carillion en Reino Unido”, apunta Cañete. 

El nuevo Reglamento Europeo fue aprobado el pasado 15 de mayo por la Comisión Europea. Se trata del Reglamento 2024/1317 por el que se modifica, entre otras normativas, la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 7, en lo relativo a la Información a revelar de los instrumentos financieros que utilizan las compañías. 

Una medida similar se viene aplicando en EEUU desde hace más de un año, después de que varias agencias de calificación crediticia, entre las que destaca Moody´s, confirmaran la necesidad de explicitar los riesgos ocultos en los estados financieros asociados a este tipo de instrumentos. Según Bloomberg, durante los primeros meses de aplicación de esta norma en USA, se ha puesto de manifiesto que alrededor de 80 empresas del S&P 500 mantenían deudas ocultas en sus estados financieros por un importe de alrededor de 64.100 millones de USD en estos instrumentos que les permiten alargar los plazos de pago a sus proveedores. Bloomberg espera que esta cifra crezca a medida que se vayan publicando estados financieros

Detalles

  • Autor: PMCM
  • Tipo: Federación
  • Publicado: 25 julio 2024
  • Sector: Eléctrico
  • Interés: Alto

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