Dos valiosas herramientas para las empresas de clima y/o refrigeración.

Nuestra confederación nacional, CONAIF, nos envía dos archivos que te facilitarán cumplir con dos obligaciones que establece la normativa para aquellas empresas que manejan equipos que contienen gases refrigerantes

Etiquetador de equipos que contienen gases refrigerantes.

El artículo 12.1 del Reglamento UE 517/2014, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero dice que los productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos no se comercializarán si no han sido etiquetados. 

Este precepto se aplicará solamente a:

a) Aparatos de refrigeración; 

b) Aparatos de aire acondicionado; 20.5.2014 Diario Oficial de la Unión Europea L 150/207 ES 

c) Bombas de calor; 

d) Aparatos de protección contra incendios; 

e) Aparamenta eléctrica; 

f) Difusores de aerosol que contengan gases fluorados de efecto invernadero, a excepción de los inhaladores dosificadores destinados a suministro de ingredientes farmacéuticos; 

g) Todos los recipientes de gases fluorados de efecto invernadero; 

h) Disolventes a base de gases fluorados de efecto invernadero; 

i) Ciclos Rankine con fluido orgánico.

Asimismo, en el artículo 12.4 del Reglamento se indica qué características deben presentar las etiquetas.

La etiqueta será claramente legible e indeleble y deberá colocarse:

a) Junto a los orificios de salida para recarga o recuperación de los gases fluorados de efecto invernadero, o 

b) Sobre la parte de los productos o aparatos que contenga los gases fluorados de efecto invernadero. La etiqueta estará escrita en las lenguas oficiales del Estado miembro en que vaya a comercializarse el producto o aparato.

El archivo que nos envía CONAIF facilita la elaboración de la citada etiqueta y puedes descargarla de aquí.

El archivo está en formato Excel y presenta 3 hojas. La primera de ellas contiene las instrucciones, la segunda los datos a etiquetar y la tercera la propia etiqueta.

Libro de gestión de refrigerantes.

Según los artículos 14 y 15 del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas, aprobado por el Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, las empresas habilitadas en RITE y Frío Industrial, respectivamente, deben confeccionar y custodiar un libro de registro de gestión de refrigerantes, en el que se registren todas sus intervenciones frigoríficas, además de conservarlo debidamente actualizado conforme a lo especificado en la Instrucción Técnica complementaria IF-17.

CONAIF nos facilita un modelo elaborado por ellos que puedes utilizar. Puedes descargarlo de aquí.

El archivo está en formato Excel y presenta 5 hojas. La primera de ellas contine las instrucciones. El resto de hojas contienen los apartados:

• Identificación de la empresa, 

• Adquisición y cesión de refrigerantes,

• Carga y recuperación de refrigerantes y 

• Entrega al gestor.

Detalles

  • Autor: Epyme
  • Tipo: Conaif
  • Publicado: 28 diciembre 2022
  • Sector: RITE-FRÍO
  • Interés: Alto

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