Ley de tasas en Andalucía

El pasado 30 de diciembre de 2021 se publicó la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Especialmente reseñables para el sector instalaciones son las tasas introducidas por la prestación de servicios administrativos relativos a las materias de Industria, Energía y Minas.

Esta Ley nace con los siguientes objetivos:

• Introducir nuevas tasas y actualizar otras existentes relativas a servicios públicos prestados por la administración autonómica.

• Reunir en un solo texto normativo todas las tasas y precios públicos que antes estaban dispersos y dar su valor en moneda euro.

• Reunir en un solo texto normativo las múltiples modificaciones introducidas en las sucesivas leyes del presupuesto, leyes de medidas fiscales y otras leyes especiales, que han tenido lugar en los últimos años.

Estas tasas y precios públicos afectan a diferentes ámbitos: cultura, medioambiente, caza, actividades deportivas, ocupación de dominio público, juego, turismo, etc. 

En la página 29 del documento, puedes encontrar a qué actos administrativos se les exigirá el pago de la tasa, así como su tarifa. A modo de ejemplo podréis ver:

• Legalizar la instalación eléctrica en una vivienda: 12,60 €

• Legalizar la instalación de calefacción en una oficina: 20,67 €

• Legalizar una instalación de alta tensión: a partir de 66,53 €

• Legalizar una instalación de gas con proyecto: a partir de 58,66 €

• Legalizar una instalación frigorífica sin proyecto: 40,13 €

• Habilitación de una empresa instaladora en Industria: 46,65 €

• Modificación de una habilitación de empresa: 23,33 €

• Certificado de Empresas de Gases Fluorados: 28,20 €

• Certificado de Manipulador de Gases Fluorados: 28,75 €

• Expedición de habilitaciones profesionales (conocidos como carnés de instalador): 32,69 €

• Renovación de habilitaciones profesionales: 16,34 €

• Proveedor de Servicios Energéticos: 19,74 €

La entrada en vigor de esta Ley es el 1 de enero de 2022, excepto en lo relativo a la puesta en funcionamiento de instalaciones (TECI y PUES) y habilitación de empresas instaladoras (HAPR) que, al ser actos administrativos ligados a tramitadores telemáticos, están sujetos a que estén operativas las herramientas informáticas necesarias para su gestión. 

A la hora de pagar, puedes optar por hacerlo de forma telemática accediendo a la plataforma de pago electrónico de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, o hacerlo de forma presencial, imprimiendo la liquidación/declaración, que después tendrás que llevarla a cualquiera de las entidades colaboradoras para realizar allí el ingreso correspondiente. 

Detalles

  • Autor: Epyme
  • Tipo: Normativa
  • Publicado: 04 febrero 2022
  • Sector: Todos
  • Interés: Alto

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