De esta forma se abre el plazo para la presentación de solicitudes de ayuda hasta el próximo domingo 31 de Octubre de 2021
El plazo para la presentación de las solicitudes de subvención destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz (Segundo Dividendo Digital), finalizó el pasado día 31 de diciembre de 2020.
Debido a que este plazo se ha demostrado insuficiente para que determinados potenciales beneficiarios de las ayudas, pudieran disponer de la documentación necesaria para acompañar la solicitud, ha hecho que se publicara el Real Decreto 587/2021 que abre un nuevo plazo para poder presentar las oportunas solicitudes de subvención.
Nuestra federación nacional, FENIE, nos informa que recientemente en la sede electrónica de RED.es (entidad pública que concede las subvenciones) se ha publicado la “Resolución del Director General de la entidad pública empresarial RED.es MP por la que se convocan las subvenciones en régimen de concesión directa destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHZ (Segundo Dividendo Digital)” y con ello se abre el plazo para la presentación de solicitudes de ayuda hasta el próximo domingo 31 de Octubre de 2021.
Como puntos a tener en cuenta para la presentación de solicitudes de ayuda están:
• En el caso de ayudas presentadas durante la primera convocatoria, que hayan sido denegadas, se podrán volver a solicitar, teniendo en cuenta los motivos que llevaron a su denegación, para evitar que la documentación presentada contenga los mismos errores.
• En el caso de solicitudes de ayuda que aún no hayan sido resueltas, desde RED.es nos han informado que todavía continúan remitiendo notificaciones de la convocatoria anterior.
En este sentido nos indican, que todas las solicitudes presentadas están siendo notificadas y en caso de no haber recibido notificación, significa que aún está en tramitación.
No obstante, en caso de duda nos indican que se podrán presentar de nuevo las solicitudes de ayuda para esta convocatoria de 2021 y las solicitudes pendientes de resolución se mantendrán abiertas en ambas plataformas de tramitación y el expediente que primero se resuelva (si el resultado es de concesión de la ayuda) anulará al no resuelto ya que se mantiene el criterio de una única subvención por CIF.
• Relativo a si existe algún modo de saber el estado de las solicitudes ya presentadas, listado formulario de consulta o similar, desde RED.es nos indican que toda la información relacionada con las solicitudes de ayuda ya presentadas se canaliza por las vías habituales de notificación.
Por último, os facilitamos enlace a la aplicación para la presentación de las solicitudes de ayuda.
https://sede.red.gob.es/oficina/tramites/altaSolicitud.do?proc=1621
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